El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la Acción de Inconstitucionalidad 1/2024, promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla y reconoció la validez constitucional de la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros como un mecanismo de protección para las víctimas de siniestros viales, así como la suspensión de la licencia de conducir hasta por un año para quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol.

Ante la presencia de familiares de víctimas de siniestros de tránsito y organizaciones de la sociedad civil que forman parte de la Coalición Movilidad Segura, el pleno de la Corte discutió y aprobó por mayoría el proyecto de sentencia presentado por la Ministra Lenia Batres, en el que se reafirma la validez de dichas disposiciones en la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla para la protección de la vida y la reparación integral del daño.

En noviembre de 2024, durante el proceso de análisis de la Acción de Inconstitucionalidad relativa a la impugnación de diversos artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, la Coalición Movilidad Segura promovió la presentación de un amicus curiae ante la Suprema Corte, con el propósito de aportar argumentos jurídicos y técnicos que sustentan la constitucionalidad de estas disposiciones.
La resolución da luz verde a las entidades federativas para que implementen la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil a nivel local, confirmando la constitucionalidad de esta medida y las protecciones que ofrece para las víctimas de siniestros y conductores en sus localidades.

La Coalición Movilidad Segura reconoció el trabajo de las ministras y ministros de la Suprema Corte por declarar la constitucionalidad de estas disposiciones, que fortalecen la prevención, la responsabilidad y la reparación en materia de seguridad vial.

Ramón Vara Pizzini, padre de Emmanuel Vara Zenteno, activista y servidor público que murió atropellado en noviembre de 2018, destacó que “Este es un paso fundamental para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial y para fortalecer los derechos de las víctimas, que durante años habían sido invisibilizadas. Este tema, que inició en Puebla, marcará un precedente positivo para todas las personas en el país.”

Elsa Guzmán, madre de Jacinto León, víctima mortal de un siniestro vial en Mérida, dijo: “La obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros combate prácticas que agravan el daño, como la fuga del responsable o el bajo nivel de aseguramiento que actualmente dejan a muchas familias desprotegidas ante los siniestros.”

“El mayor avance de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV) en materia de justicia social es reconocer como víctimas a quienes sufren daños, lesiones o pérdidas por un siniestro vial, cambiando así el lugar de las víctimas en el sistema: ya no son un daño colateral, sino personas sujetas de derechos que deben hacerse efectivos. La decisión de la Corte fortalece esta perspectiva y contribuye a garantizar los derechos de las víctimas.” Mencionó Alejandra Leal, Co-Directora de Céntrico e integrante de la Coalición Movilidad Segura.

“El Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio fortalece la reparación integral y hace operable el estándar de justa reparación. Garantiza una fuente cierta y oportuna para cubrir gastos médicos, rehabilitación, daño moral e indemnizaciones a terceros; reduce la incertidumbre y evita que las víctimas queden sin reparación efectiva.” Señaló Armando Pliego Ishikawa, del equipo Coordinador Nacional de la Coalición Movilidad Segura.

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